¿Qué son los auxilios de solidaridad?

Los Auxilios de solidaridad son ayudas económicas que benefician a los Asociados en circustancias especiales.

Importante: Todo asociado o colaborador que incurra en falsedad de documentos que soporten la solicitud de cualquier auxilio será sancionado de acuerdo al estatuto y los reglamentos que expida la Cooperativa de ahorro y crédito Cootrapeldar.

Ten presente que los Auxilios de solidaridad están sujetos a un fondo, por lo tanto, estarán disponibles hasta que se agoten los recursos.

  • Auxilio odontológico

  • Auxilio para gafas y lentes

  • Auxilio de cuotas moderadas

  • Auxilio para plan exequial

  • Auxilio hospitalización

  • Auxilio de enfermedad terminal y/o catastrófica

Auxilio odontológico

(El asociado tendrá derecho a solicitar este auxilio cada 2 años)


Para acceder a este auxilio se debe presentar en nuestras oficinas:

  1. Cotización del tratamiento odontológico.
  2. Presentar la factura original expedida por el Odontólogo tratante debidamente cancelada, la cual deberá cumplir con los requisitos establecidos por la DIAN.
  3. En caso de que el Odontólogo tratante no esté obligado a expedir factura, se debe anexar documento equivalente y la copia del RUT del Odontólogo que realizó el tratamiento

Ten en cuenta las siguientes recomendaciones:

  • No haber hecho uso del auxilio odontológico en los dos (2) años anteriores a la fecha de la solicitud del mismo.
  • Presentar la solicitud del auxilio odontológico en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario contados a partir de la fecha de expedición de la factura o documento equivalente del tratamiento odontológico.

 

Valor del Auxilio según la antigüedad del asociado

1 a 2 años $ 66.750
2 a 5 años $ 133.500
5 a 8 años $ 200.250
De 8 años en adelante $ 267.000

 

 

 

Auxilio para gafas y lentes

(El asociado tendrá derecho a solicitar este auxilio cada 2 años)


Para acceder a este auxilio se debe presentar:

 
  1. Presentar la fórmula expedida por el Optómetra u Oftalmólogo elegido por el asociado.
  2. Presentar factura original de compra de gafas o lentes debidamente cancelada, la cual deberá cumplir con los requisitos establecidos por la DIAN.
  3. En caso de que el Optómetra u Oftalmólogo no esté obligado a expedir factura, se debe anexar documento equivalente y la copia del RUT del Optómetra u Oftalmólogo.

Ten en cuenta las siguientes recomendaciones:

 
  • No haber hecho uso del auxilio de gafas o lentes en los dos (2) años anteriores a la fecha de la solicitud del mismo.
  • Presentar la solicitud del auxilio de gafas o lentes en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario contados a partir de la fecha de expedición de la factura o documento equivalente.

 

 

Valor del Auxilio según la antigüedad del asociado

1 a 2 años $ 47.100
2 a 5 años $ 94.250
5 a 8 años $ 141.400
De 8 años en adelante $ 188.500

Auxilio de cuotas moderadas

(Máximo 10 cuotas por asociado durante la vigencia del auxilio)


 

Para acceder a este auxilio se debe presentar en nuestras oficinas:

 

  1. Comprobante original del pago expedido por la EPS, plan complementario y medicina prepagada o los prestadores de servicio a usuarios de la misma, con destino al asociado y esta debe contener:
  • Fecha de atención
  • No. de documento de identidad preferiblemente
  • Nombres y apellidos del asociado
  • Valor cancelado por concepto de cuota moderadora o copago preferiblemente.

 

Ten en cuenta las siguientes recomendaciones:

  • COOTRAPELDAR asumirá el 100% del valor de la cuota moderadora 
  • El límite máximo de las cuotas moderadoras será de acuerdo al ingreso del asociado.
    • Categoría A = Hasta 10 Cuotas
    • Categoría B = Hasta 5 cuotas
    • Categoría C = Hasta 2 cuotas 
  • El comprobante no debe ser mayor a los cuarenta y cinco (45) días calendario de expedición por parte de la EPS, planes complementarios y de medicina prepagada o los prestadores de servicio a usuarios de la misma.
  • Las cuotas moderadoras del plan obligatorio de salud solo se cancelarán con base en los montos establecidos por el Gobierno Nacional
  • En caso que el valor de la cuota moderadora del plan obligatorio de salud de acuerdo a la factura suministrada por el asociado no coincida con los montos establecidos por el Gobierno Nacional, el valor del auxilio que se pagará corresponderá al valor de la factura sin tener en cuenta los descuentos.

 

 

 

Auxilio para plan exequial

El monto del auxilio será determinado de acuerdo al contrato suscrito con la entidad prestadora.


  • Para acceder al auxilio el asociado debe encontrarse afiliado a la póliza exequial con la entidad con la cual COOTRAPELDAR posee convenio.
  • Tener por lo menos tres (3) años de antigüedad como asociado de COOTRAPELDAR y a partir de la siguiente vigencia del plan de previsión exequial.
  • Vigencia: a partir del Primero (1) de enero o a partir del quinto (5) día hábil después de celebrada la Asamblea General Ordinaria de Delegados dependiendo de los recursos disponibles para el otorgamiento del auxilio y hasta agotar recursos

 

 

Auxilio hospitalización

Uno de los principios fundamentales de la Cooperativa es la solidaridad, por esta razón, para acceder a estos beneficios el asociado debe cumplir con los siguientes requisitos


Requisitos

  • Certificación en original en la cual se acredite la fecha de ingreso y egreso expedida por la institución de salud prestadora del servicio
  • En caso de no presentar la certificación en original, se puede presentar la historia clínica o epicrisis donde se acredite la fecha de ingreso y egreso y firmar la constancia donde el asociado certifica que  voluntariamente presenta dicho documento a COOTRAPELDAR para efectos de estudio de la solicitud de auxilio
  • Cubre desde la primera (1) noche y hasta tres(3) noches de hospitalización por asociado por un único evento durante la vigencia.
  • Presentar la solicitud del auxilio de hospitalización en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario, contados a partir del día hábil siguiente en que el asociado es dado de alta.

Valor del Auxilio según la antigüedad del asociado

1 a 2 años $ 21.700
Por noche
2 a 5 años $ 43.350
Por noche
5 a 8 años $ 65.000
Por noche
De 8 años en adelante $ 86.700
Por noche

Auxilio de enfermedad terminal y/o catastrófica

Uno de los principios fundamentales de la Cooperativa es la solidaridad, por esta razón, para acceder a estos beneficios el asociado debe cumplir con los siguientes requisitos


Requisitos

 

  • Presentar historia clínica o epicrisis no mayor a seis (6) meses.
  • Constancia expedida por el asociado donde certifique que voluntariamente presenta a COOTRAPELDAR los requisitos exigidos.
  • El auxilio de enfermedades terminales y catastróficas se otorga una (1) sola vez cada dos(2) años a partir del desembolso de su último auxilio.

 

 

Uno de los principios fundamentales de la Cooperativa es la solidaridad, por esta razón, para acceder a estos beneficios el asociado debe cumplir con los siguientes requisitos:

 

Requisitos

 

El tiempo mínimo de vinculación en COOTRAPELDAR para acceder a los auxilios de solidaridad es el siguiente, excepto para el auxilio para el plan de previsión exequial que deberá tener mínimo tres(3) años de antigüedad y para los asociados que ya son beneficiarios de este auxilio se manejaran las siguientes vigencias:

 

Fecha de vinculación

Tiempo mínimo de antigüedad en COOTRAPELDAR

Asociados vinculados hasta el 30 de junio de 2023 Un (1) año
Asociados vinculados a partir del 1 de julio de 2023 Dos (2) años

 

  • Los únicos beneficiarios de los auxilios de solidaridad serán los asociados a COOTRAPELDAR.
  • Todos los auxilios de solidaridad se abonarán a la cuenta de ahorro a la vista del asociado beneficiario, excepto el auxilio para el plan de previsión exequial el cual se pagará directamente al convenio con la empresa prestadora del servicio.
  • El asociado debe encontrarse al día en el pago de todas de sus obligaciones tanto estatutarias como crediticias con COOTRAPELDAR al momento de radicar el auxilio y para su desembolso.
  • El asociado debe contar con el curso básico de cooperativismo de conformidad con los deberes de los asociados establecidos en el Estatuto.
  • El asociado debe haber realizado la actualizacion de datos mínimo dentro del año inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud del auxilio de solidaridad.
  • Para la aprobación de los auxilios de enfermedades terminales y catastróficas COOTRAPELDAR evaluará la solicitud frente a los listados oficiales de enfermedades emitidos por el Ministerio de Salud o con el concepto de un profesional de la salud.
  • El asociado que se haya acogido a la amnistía por mora en aportes y ahorros permanentes solo podrá solicitar auxilios de solidaridad después de seis (6) meses de haberse acogido a la amnistía, siempre y cuando el asociado haya dado estricto cumplimiento al pago de los aportes sociales y ahorros permanentes.
  • Aquellos asociados que hayan pagado sus gafas o lentes, tratamiento odontológico, cuotas moderadoras o copagos o noches de hospitalización entre el 1 de enero y el 28 de febrero del año del año en curso, podrán radicar auxilios de solidaridad máximo hasta el quince (15) de mayo del año 2024 en los horarios de atención al asociado.

 

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